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Boletín Lextribut@rio – Disposiciones de interés tributario

6/5/2026
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SUNAT publica la segunda versión de la Guía de Procedimiento Administrativo Mutuo

En abril de 2026, se publicó en la página web oficial de SUNAT la “Guía del Procedimiento de Acuerdo Mutuo (PAM) – Versión 2.0”, mediante la cual se actualizan las pautas operativas para la utilización del PAM previsto en los Convenios para evitar la doble imposición (CDI), el cual es entendido como el procedimiento que puede ser solicitado cuando un contribuyente considere que las medidas adoptadas por uno o ambos Estados Contratantes implican o pueden implicar para éste una imposición que no esté conforme con las disposiciones del CDI respectivo, con independencia de los recursos previstos por el derecho interno de esos Estados.

A continuación, comentamos las principales actualizaciones:

  • Se señala que el área encargada de la evaluación de la solicitud del PAM en Perú es la “División de Negociación y de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria – DNAAMMT”. Previamente, el área encargada de ello era la “Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos”.
  • Se precisa que el plazo para presentar la solicitud de PAM es de 3 años en aquellos casos que se traten de aplicación de los CDI con Canadá (previamente, 2 años), Brasil y Chile (previamente, los plazos dependían de la legislación interna), conforme lo establecido en el Instrumento Multilateral (MLI).
  • Se precisa que el acceso al PAM o su presentación no está condicionado al agotamiento previo de los recursos establecidos por el derecho interno; sin embargo, el PAM no podrá resolverse mientras exista un proceso judicial en trámite. Asimismo, si el proceso judicial concluye con una sentencia definitiva, la autoridad que evalúa el PAM quedará vinculada a dicho resultado.
  • Se precisa que, en el marco del PAM, el Superintendente Nacional de la SUNAT también puede celebrar acuerdos bilaterales anticipados de precios (BAPA) con otras autoridades competentes de países con los que el Perú hubiese celebrado un CDI.

Esta versión de la guía reemplazaría a la versión 1.0 de la “Guía Orientativa del Procedimiento de Acuerdo Mutuo (PAM)”, que también fue publicada en la página web oficial de la SUNAT durante el 2023.