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Boletín

Boletín Lextribut@rio – Primera quincena de diciembre: Se delegan facultades al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria

17/12/2025
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Con fecha 15 de diciembre de 2025, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Ley No. 32527, mediante la cual se delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria por el plazo de sesenta (60) días calendario, contados desde el 16 de diciembre de 2025. Por lo cual, el Poder Ejecutivo tendría dichas facultades hasta el 14 de febrero de 2026.

Entre otras, se delegaron las siguientes materias específicas tributarias:

  • Modificar el Decreto Legislativo 940, el que a su vez modifica el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) con el Gobierno Central establecido por el Decreto Legislativo 917.
  • Modificar la Ley Penal Tributaria, a fin de adecuar y fortalecer el marco penal tributario frente a la emisión electrónica de comprobantes de pago y documentos complementarios, e incorporar tipos penales orientados a perseguir y sancionar nuevas modalidades de fraude tributario vinculadas a la disposición indebida de fondos del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) y a la falsificación o adulteración de constancias de depósito del referido sistema.
  • Modificar la Ley General de Aduanas, a fin de permitir que, a opción del transportista, se pueda sustituir la sanción de comiso vigente por una sanción de multa en los casos de mercancías en tránsito o transbordo que no hubiesen sido manifestadas.
  • Modificar la Ley 29173, Régimen de Percepciones del IGV, a fin de incorporar y precisar supuestos de aplicación excepcional del porcentaje de percepción del 10 % en la importación de bienes en función del nivel de riesgo y del cumplimiento tributario.

Vigencia: la presente Ley entra en vigencia a partir del 16 de diciembre de 2025.