
Dato Laboral – Sindicatos minoritarios no pueden obligar a negociar a la Empresa que ya cuenta con un sindicato mayoritario.
En la sentencia del expediente n° 6609-2015-PA/TC publicada en el mes de diciembre, el #TC resolvió el caso de un sindicato minoritario que alegaba la violación de sus derechos a la negociación colectiva y a la libertad sindical, debido a que la Empresa no aceptaba negociar con este al tener un sindicato mayoritario con quien ya había celebrado un convenio colectivo.
Al respecto, el #TC verificó lo siguiente: (i) si la Empresa posee un sindicato mayoritario, no tiene la obligación de negociar paralelamente con otro de menor representatividad (minoritario); (ii) en el Perú la negociación colectiva asume el sistema de mayor representación conforme a lo previsto en el artículo 9° del Decreto Supremo N° 010-2003-TR.
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