
Las licencias sindicales son otorgadas por el empleador para actos de concurrencia obligatoria de los dirigentes sindicales, ello bajo ciertos alcances regulados en el artículo 32 del TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (D.S. 010-2003-TR) y en torno a su problemática, existen pronunciamientos de la Corte Suprema que delimitan sus alcances en las relaciones laborales.
Es por ello que, en la siguiente edición de #DatoLaboral, conversaremos sobre el desarrollo jurisprudencial a nivel de Corte Suprema, sobre las licencias sindicales.
Mira el video completo a continuación:
(En caso no puedas visualizar el video, haz clic aquí )
Suscríbete al newsletter
Selecciona tus categorías de interés
- Administrativo
- Agroindustria
- Ambiental
- Arbitraje
- Competencia
- Compliance
- Compromiso Social
- Corporativo / Fusiones y Adquisiciones
- Derecho Administrativo
- Derecho del Consumidor
- Diversidad e Inclusión
- Energía
- ESG
- Financiamiento
- Guías y Cartillas
- Infraestructura
- Inmobiliario
- Investigaciones internas
- Laboral
- Medios, Entretenimiento y Telecomunicaciones
- Mercado de Capitales
- Minero
- Nuevas Tecnologías y Activos Digitales
- Operaciones Financieras
- Penal
- Podcast
- Privacidad & Protección de Datos
- Pro Bono
- Proyectos
- Publicaciones y Colaboraciones
- Salud y Productos Farmacéuticos
- Servicios Financieros y Fintech
- Solución de Controversias
- Tributario

