
El día de 22 de septiembre de 2020, se publicó la Resolución de Gerencia General 1063-GG-ESSALUD-2020, a través del cual se establecieron disposiciones excepcionales para la validación del Certificado Médico Particular (CMP), mientras dure la emergencia sanitaria a causa del Covid-19.
En ese sentido, se ha dispuesto que, si bien el trámite de validación de CMP debe ser realizado durante los 30 primeros días hábiles de emitido, excepcionalmente, se podrá iniciar el trámite fuera de dicho plazo, en los siguientes supuestos:
– Cuando el CMP haya sido emitido 30 días hábiles antes del inicio de la declaratoria de la emergencia sanitaria a nivel nacional.
– Cuando el CMP haya sido emitido durante la emergencia sanitaria a nivel nacional a causa del Covid-19.
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