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El 15 de mayo de 2026 vence el plazo para que los empleadores depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del periodo noviembre 2025 – abril 2026.
- ¿Qué otras obligaciones asociadas al depósito de la CTS deben cumplir los empleadores?
- Depositar la CTS en la entidad financiera y tipo de moneda elegida por el trabajador.
Si al 30 de abril de 2026 el trabajador no comunicó la entidad financiera, el empleador debe efectuar el depósito en cualquier institución financiera permitida por ley.
- Entregar a cada trabajador, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación de la CTS depositada. Puede entregarse haciendo uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación.
- ¿Qué ocurre si el empleador no cumple con depositar la CTS oportunamente y/o con las demás obligaciones asociadas?
Se configuran las siguientes infracciones graves y/o leves, las cuales se sancionan con la imposición de multas conforme a lo siguiente:
a. Infracciones graves
- Por no depositar íntegra u oportunamente la CTS.
- Por depositar la CTS en una entidad financiera distinta a la elegida por el trabajador.
La multa mínima es de S/ 8,635.00 y la multa máxima es de S/ 143,660.00, por cada infracción grave.
b. Infracciones leves:
- Por no entregar la Liquidación de CTS al trabajador.
La multa mínima es de S/ 1,430.00 y la multa máxima es de S/ 85,360.00.
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