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Este checklist resume las principales capacitaciones obligatorias que deben cumplir los empleadores de acuerdo con la normativa laboral peruana. Su adecuada implementación permite prevenir sanciones de SUNAFIL y fortalecer la cultura de cumplimiento dentro de la empresa.
1. Seguridad y Salud en el Trabajo (SST)
Capacitaciones obligatorias: mínimo 4 al año.
Materias sugeridas
- Uso adecuado de equipos de protección personal (EPP).
- Procedimientos de emergencia y primeros auxilios.
- Prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.
Consideraciones importantes
- Debe realizarse una capacitación obligatoria en SST en los siguientes momentos:
-
- Al momento de la contratación de un trabajador.
- Cuando se produzcan cambios en las funciones, tecnologías o equipos de trabajo.
- Cuando se identifiquen nuevos riesgos.
- Todas las capacitaciones deben quedar documentadas en el Registro de Capacitaciones.
- El contenido debe estar directamente vinculado a:
-
- los riesgos del centro de trabajo,
- la actividad empresarial, y
- las funciones específicas del trabajador.
- Las capacitaciones brindadas a terceros en esta materia no desnaturalizan la relación civil.
2. Capacitación en Hostigamiento Sexual Laboral
Capacitaciones obligatorias
- Una capacitación en materia de hostigamiento sexual al inicio de la relación laboral, educativa, formativa o contractual.
- Una capacitación anual especializada dirigida a:
-
- el área de Recursos Humanos o quien haga sus veces,
- el Comité de intervención frente al Hostigamiento Sexual o quien haga sus veces,
- y quienes participen en la investigación y sanción.
Consideraciones importantes
- Además de capacitar, el empleador debe difundir información periódicamente sobre la materia.
- Las capacitaciones brindadas a terceros no desnaturalizan la relación civil.
- Es obligatorio dejar constancia de cada capacitación realizada.
3. Multas de SUNAFIL por incumplimiento de capacitaciones
El incumplimiento de las obligaciones en materia de capacitación puede ser sancionado como infracción grave por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).
Algunos supuestos sancionables son:
- No cumplir con brindar formación e información suficiente y adecuada sobre los riesgos del puesto y las medidas preventivas aplicables.
- No proporcionar formación y capacitación adecuada al Supervisor o a los miembros del Comité de SST.
- No brindar las capacitaciones en materia de hostigamiento sexual.
Las multas pueden oscilar entre S/ 8,635.00 y S/ 143,660.00, dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.
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