
Lexl@boral – Nuevas disposiciones sobre días no laborables y teletrabajo con ocasión del APEC e inauguración de Megapuerto de Chancay
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El día de hoy, 08 de noviembre de 2024, se publicó el Decreto Supremo 123-2024-PCM, que modifica el Decreto Supremo 110-2024-PCM, que declaró días no laborables en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao los días 14, 15 y 16 de noviembre de 2024.
Las principales modificaciones son las siguientes respecto de los días 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de noviembre:
| Fechas | Lunes 11, martes 12 y miércoles 13 de noviembre de 2024 | Jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de noviembre de 2024 |
| Tratamiento |
Teletrabajo Obligatorio: Empleadores de sector público e instituciones educativas Opcional: Sector privado, previo acuerdo entre partes |
Días no laborables compensables[1] para empleadores de sector público y privado
Opcional: Teletrabajo para sector privado, previo acuerdo entre partes |
| Ámbito de aplicación | Entidades e instituciones en Lima Metropolitana, Huaral y Callao.
|
Entidades e instituciones en Lima Metropolitana, Huaral y Callao. |
| Excepciones | Excepciones al teletrabajo:
a)Personal necesario de servicios indispensables del sector público. b)Personal necesario de servicios relevantes para la comunidad. c)Personal de labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata. d)Aquellos cuyos puestos cuyas funciones no permiten realizar teletrabajo. |
Excepciones a los días no laborables compensables: a)Personal necesario de servicios indispensables del sector público. b)Personal necesario de servicios relevantes para la comunidad. c) Personal de labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata. |
Adicionalmente, se incluyeron como actividades “de especial relevancia para la comunidad”, las siguientes: pesca, terrapuertos, hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes, restaurantes, bancos y servicios financieros.
[1] Para fines tributarios son considerados días hábiles.
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