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Lexl@boral – Nuevas disposiciones sobre días no laborables y teletrabajo con ocasión del APEC e inauguración de Megapuerto de Chancay

8/11/2024
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El día de hoy, 08 de noviembre de 2024, se publicó el Decreto Supremo 123-2024-PCM, que modifica el Decreto Supremo 110-2024-PCM, que declaró días no laborables en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao los días 14, 15 y 16 de noviembre de 2024.

Las principales modificaciones son las siguientes respecto de los días 11, 12, 13, 14, 15 y 16 de noviembre:

Fechas Lunes 11, martes 12 y miércoles 13 de noviembre de 2024 Jueves 14, viernes 15 y sábado 16 de noviembre de 2024
Tratamiento

Teletrabajo

Obligatorio: Empleadores de sector público e instituciones educativas

Opcional: Sector privado, previo acuerdo entre partes

Días no laborables compensables[1] para empleadores de sector público y privado

 

Opcional: Teletrabajo para sector privado, previo acuerdo entre partes

Ámbito de aplicación Entidades e instituciones en Lima Metropolitana, Huaral y Callao.

 

Entidades e instituciones en Lima Metropolitana, Huaral y Callao.
Excepciones Excepciones al teletrabajo:

 

a)Personal necesario de servicios indispensables del sector público.

b)Personal necesario de servicios relevantes para la comunidad.

c)Personal de labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata.

d)Aquellos cuyos puestos cuyas funciones no permiten realizar teletrabajo.

Excepciones a los días no laborables compensables:

a)Personal necesario de servicios indispensables del sector público.

b)Personal necesario de servicios relevantes para la comunidad.

c) Personal de labores indispensables, cuya paralización ponga en peligro a las personas, seguridad o conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata.

Adicionalmente, se incluyeron como actividades “de especial relevancia para la comunidad”, las siguientes: pesca, terrapuertos, hoteles y establecimientos de hospedaje que reciban y presten servicio a huéspedes, restaurantes, bancos y servicios financieros.


[1] Para fines tributarios son considerados días hábiles.