
Lexl@boral – El plazo establecido por el MTPE para rectificar planillas electrónicas constituye una barrera burocrática ilegal
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El 22 de diciembre de 2024 se publicó la Resolución 625-2024/SEL-INDECOPI a través de la cual la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas declaró barrera burocrática el plazo establecido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (“MTPE”) para rectificar las planillas electrónicas respecto del aporte a EsSalud, de cara al otorgamiento de prestaciones asistenciales y económicas.
Se señaló que el pago de aportes a EsSalud tiene naturaleza tributaria, se encuentra regulado por las disposiciones del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo 133-2013-EF (“Código Tributario”) y el artículo 14 de la Ley 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud. En ese sentido, el Código Tributario establece que, una vez vencido el plazo previsto para la presentación de las declaraciones tributarias, estas pueden ser rectificadas dentro del plazo de prescripción de 4 años; por lo que, el plazo menor establecido por el MTPE constituye una barrera burocrática.
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