
Lexl@boral – Se modifican las condiciones de vigencia del seguro vida ley para trabajadores cesados
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El 7 de mayo de 2025, se publicó el Decreto Supremo 3-2025-TR, a través del cual se modificaron las condiciones de vigencia del seguro de vida en caso de cese de trabajadores.
Las nuevas disposiciones emitidas señalan que el trabajador que decida mantener el seguro de vida al término de la relación laboral deberá solicitarlo a la empresa de seguros por escrito, a través de medios físicos o virtuales, dentro del plazo de 60 días calendario. Las condiciones del seguro se sujetan a las disposiciones técnicas de la SBS en el marco de su competencia.
IMPORTANTE: el empleador se encuentra obligado a contratar y mantener vigente el seguro de vida ley de todos sus trabajadores, así como registrar el contrato correspondiente en el Registro Obligatorio de Contratos. El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede ser sancionado por la SUNAFIL con S/ 8,399.50 por cada trabajador respecto del cual se haya incumplido la obligación.
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