El Poder Ejecutivo en respuesta a los crímenes relacionados con las actividades mineras ilegales/informales en la Provincia de Pataz, Región La Libertad ha publicado las siguientes disposiciones:
Decreto Supremo Nº 060-2025-PCM
Se amplía hasta el 9 de junio de 2025 el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz.
Se ordena la inmovilización social obligatoria entre las 6:00 pm a 6:00 am en los distritos de Pataz, Parcoy y Tayabamba.
Se suspende el ejercicio de los derechos de inviolabilidad de domicilio, libertad de reunión, libertad y seguridad personales y en especial el derecho de tránsito para el desarrollo de actividades mineras (sin excepción) en los distritos de Pataz, Parcoy y Tayabamba.
La seguridad interna está a cargo de la Fuerzas Armadas con apoyo de la Policía Nacional.
Decreto de Urgencia N° 006-2025
Hasta el 31 de diciembre de 2025 se establecen medidas extraordinarias para el control y fiscalización de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados, equipos, maquinarias y productos mineros que utilicen u obtengan la pequeña minería y minería artesanal, y otras medidas excepcionales en la provincia de Pataz
Se dispone implementar puestos de control en Shicun, Calquiche y Pamparacra en el distrito de Pataz, así como establecer rutas fiscales donde la Policía Nacional, Ministerio Público, MINEM, SUNAT, SUTRAN y SUCAMEC realizarán las actividades de fiscalización conjunta.
Las acciones que realizarán las autoridades son:
Inspección física y documental de la carga, de los vehículos, del origen, destino y legalidad de los insumos químicos, explosivos, maquinarias, equipos y productos mineros (minerales/concentrados).
Verificación de estado del REINFO, volúmenes declarados en el IGAC/IGAFOM, de la declaración semestral de producción, procedencia del mineral.
Medidas incautación, inmovilización de minerales, insumos químicos, explosivos, cualquier bien de o a favor de la minería ilegal.
SUTRAN establecerá un sistema de seguimiento de vehículos de transporte por GPS, lo cual es obligatorio para todos los transportistas que transiten o partan de Pataz.
En cuanto al REINFO se ha establecido la revocación automática previo informe técnico legal de la Dirección General de Formalización Minera (DGFM) del MINEM sobre la base de las actas o informes de fiscalización de la Policía Nacional, SUTRAN o SUNAT , en caso se verifique que el volumen de minerales transportados no coincide con el volumen de producción declarado en el IGAC/IGAFOM o con la Declaración Jurada semestral de producción o que el origen del mineral sea distinto del ámbito geográfico declarado.
Asimismo, se ha dispuesto la revocación automática de las inscripciones suspendidas en el REINFO respecto de los distritos de Pataz, Parcoy y Tayabamba, lo cual será publicada en la Web del MINEM.
Se otorga un plazo de 90 días hábiles para que el MINEM implemente un sistema piloto de trazabilidad de comercialización de oro en el distrito de Pataz que comprende su identificación, verificación, rastreo desde su origen hasta su destino final lo cual incluye todas las operaciones de compra y venta.
Las personas que se dediquen a la compra y venta de oro provenientes de la pequeña minería, minería artesanal en el distrito de Pataz deben estar inscritas obligatoriamente en el registro especial de comercializadores y procesadores de oro (REPCO) utilizando el aplicativo QORI del MINEM.
Resolución Directoral N° 001-2025-MINEM/DGFM
Se aprobó la lista de inscripciones revocadas en el REINFO en el distrito de Pataz, conforme al Anexo I del Informe N°416-2025-MINEM/DGFM-REINFO.