
CORONAVIRUS (COVID-19): Indecopi comunica suspensión de plazos como consecuencia de la declaración de Estado de Emergencia
En cumplimiento de las medidas de emergencia dictadas por los Decretos de Urgencia N° 026-2020 y N° 029-2020 y el Decreto Supremo N° 044-2020, el 20 de marzo de 2020 el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI publicó un comunicado en su página web, mediante el cual informó, entre otros, las siguientes disposiciones:
1. La suspensión de atención presencial en las oficinas del INDECOPI no afecta los servicios virtuales de renovación y búsqueda de marcas, así como el servicio reclama virtual.
2. Todos los plazos aplicables a los procedimientos administrativos, reclamos, denuncias, obligaciones y registros que se venían tramitando en la institución han sido suspendidos desde el 16 de marzo hasta el 6 de mayo de 2020.
Suscríbete al newsletter
Selecciona tus categorías de interés
- Administrativo
- Agroindustria
- Ambiental
- Arbitraje
- Competencia
- Compliance
- Compromiso Social
- Corporativo / Fusiones y Adquisiciones
- Derecho Administrativo
- Derecho del Consumidor
- Diversidad e Inclusión
- Energía
- ESG
- Financiamiento
- Guías y Cartillas
- Infraestructura
- Inmobiliario
- Investigaciones internas
- Laboral
- Medios, Entretenimiento y Telecomunicaciones
- Mercado de Capitales
- Minero
- Nuevas Tecnologías y Activos Digitales
- Operaciones Financieras
- Penal
- Podcast
- Privacidad & Protección de Datos
- Pro Bono
- Proyectos
- Publicaciones y Colaboraciones
- Salud y Productos Farmacéuticos
- Servicios Financieros y Fintech
- Solución de Controversias
- Tributario

